Este fallo motivó que, la Gerente Distrital a
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 6.791 a 6.793, interpuesto por Verónica Jeannine Sandy Tapia, en su condición de Gerente Distrital a.i. de Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el Auto de Vista AV-SSA-112/2012 de 31 de octubre de 2012, cursante de fs. 6.784 a 6.788, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por Carmen Ruth Posnansky de Velasco, contra la Gerencia Distrital de Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN); el Auto N° 26/2014 de 14 de marzo de 2014 que concede el recurso de fs. 6.796; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que, planteada la demanda Contencioso Tributaria de fs. 7 a 9, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, pronunció la Sentencia N° 020/2011 de 15 de septiembre de 2011 de fs. 6.747 a 6.754, declarando probada en parte la pretensión contenida en la demanda (fs. 7 a 9), en consecuencia anuló la Resolución Determinativa N° 17-00194-10 de 29 de mayo de 2010 y dispuso que la Gerencia Distrital del SIN Oruro dicte una nueva resolución determinativa que calcule la declaración del IT sólo sobre las comisiones percibidas por la demandante de la Empresa ENTEL S.A., en los periodos fiscales de enero a diciembre de 2006, y dejó firme y subsistente el Punto Tercero de la parte resolutiva de la Resolución Determinativa N° 17-00194-10.
Que, apelada por la administración tributaria del SIN Oruro de fs. 6.757 a 6.759, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, pronunció el Auto de Vista AV-SSA-112/2012 de 31 de octubre de 2012 (fs. 6.784 a 6.788), confirmando la Sentencia N° 020/2011 de 15 de septiembre de 2011 (fs. 6.747 a 6.754).
Este fallo motivó que, la Gerente Distrital a.i. de Oruro del Servicio de Impuestos, representada por Veronica Jeannine Sandy Tapia, al amparo de lo previsto en los artículos 250 y 255.1) 2) y 3) del Código de Procedimiento Civil, interpuso recurso de casación en el fondo, contra el ut supra Auto de Vista, en base a los argumentos expresados por memorial que cursa de fs. 6.791 a 6.793, denunciando en síntesis lo siguiente:
I.1. Recurso de Casación en el Fondo
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 6.791 a 6.793, interpuesto por Verónica Jeannine Sandy Tapia, en su condición de Gerente Distrital a.i. de Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el Auto de Vista AV-SSA-112/2012 de 31 de octubre de 2012, cursante de fs. 6.784 a 6.788, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por Carmen Ruth Posnansky de Velasco, contra la Gerencia Distrital de Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN); el Auto N° 26/2014 de 14 de marzo de 2014 que concede el recurso de fs. 6.796; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que, planteada la demanda Contencioso Tributaria de fs. 7 a 9, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, pronunció la Sentencia N° 020/2011 de 15 de septiembre de 2011 de fs. 6.747 a 6.754, declarando probada en parte la pretensión contenida en la demanda (fs. 7 a 9), en consecuencia anuló la Resolución Determinativa N° 17-00194-10 de 29 de mayo de 2010 y dispuso que la Gerencia Distrital del SIN Oruro dicte una nueva resolución determinativa que calcule la declaración del IT sólo sobre las comisiones percibidas por la demandante de la Empresa ENTEL S.A., en los periodos fiscales de enero a diciembre de 2006, y dejó firme y subsistente el Punto Tercero de la parte resolutiva de la Resolución Determinativa N° 17-00194-10.
Que, apelada por la administración tributaria del SIN Oruro de fs. 6.757 a 6.759, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, pronunció el Auto de Vista AV-SSA-112/2012 de 31 de octubre de 2012 (fs. 6.784 a 6.788), confirmando la Sentencia N° 020/2011 de 15 de septiembre de 2011 (fs. 6.747 a 6.754).
Este fallo motivó que, la Gerente Distrital a.i. de Oruro del Servicio de Impuestos, representada por Veronica Jeannine Sandy Tapia, al amparo de lo previsto en los artículos 250 y 255.1) 2) y 3) del Código de Procedimiento Civil, interpuso recurso de casación en el fondo, contra el ut supra Auto de Vista, en base a los argumentos expresados por memorial que cursa de fs. 6.791 a 6.793, denunciando en síntesis lo siguiente:
I.1. Recurso de Casación en el Fondo
- Auto Supremo Nº 106/2014
- Sucre, 5 de junio de 2014
- Expediente: SSA.II-OR.106/2014
- Distrito: Oruro
- Este fallo motivó que, la Gerente Distrital a
- Que, el juez a quo y el tribunal ad quem no consideraron que el artículo
- Que, tampoco se consideró que en la administración pública y por ende en los procedimientos
- Con estos argumentos, se interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de
- CONSIDERANDO II: De la revisión y compulsa de antecedentes, lo expuesto en el recurso de
- El recurso de casación, para Chiovenda, “está instituido para preservar la exacta observancia de la
- En este propósito, el artículo 17
- Por otro lado, para los contratos donde se establece la condición de comisionistas de los
- Ante esta situación, el pago de la contribuyente del impuesto a las transacciones, se efectuó
- Respecto a la impertinencia en la presentación de la prueba por parte de la contribuyente,
- En lo concerniente a la no consideración del artículo 65 de la Ley N° 2492
- En cuanto al reclamo que no se aplicó el principio de verdad material aducido por
- Finalmente, sobre la transgresión de los artículos 70
- Por lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, estas devienen en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ANTE MI: Abog. Tyrone Cuellar Sanchez
