Auto Supremo AS/0244/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2014-RA

Fecha: 11-Jun-2014

3) En los puntos 3 y 4, alega que el Tribunal de alzada en su


3) En los puntos 3 y 4, alega que el Tribunal de alzada en su considerando II.2, al resolver la denuncia de errónea aplicación de la ley sustantiva, manifestó que no se especificó de manera clara el agravio lo cual no es evidente, pues refiere que oportunamente denunció que se dictó Sentencia sin adecuar de manera correcta los elementos del tipo penal, haciendo una relación precisa del defecto in iudicando, pues en la Sentencia no existe el elemento principal del delito de Estupro que es el engaño y la seducción, lo cual fue sustentado sólo con la declaración de la víctima, sin valorar la prueba de descargo, lo que en su criterio constituye una vulneración de las reglas de la sana crítica y configura un defecto absoluto, no susceptible de convalidación