Auto Supremo AS/0249/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2014-RA

Fecha: 11-Jun-2014

Denuncia que, el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación a tiempo de responder


Denuncia que, el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación a tiempo de responder a los motivos planteados en apelación restringida referidos a: i) Que no era evidente que Williams Paniagua Yépez no tenía la función de supervisar el proyecto, por cuanto participó en los actos administrativos de contratación; ii) Que por las notas UAGP Nº 095ª/2003-2004, se evidencia la participación de Guillermo Olmos, pues no se demostró que su firma haya sido sobrepuesta, así como que Williams Paniagua Yépez, estaba en la obligación exigir el cumplimiento de los requisitos legales de la empresa EIC; iii) Que existe prueba suficiente e idónea sobre la responsabilidad penal de los imputados, no habiendo sido valorados correctamente por el Tribunal de alzada; sobre este reclamo el recurrente invoca los Autos Supremos 161/2012-RRC de 17 de julio, 214 de 28 de marzo de 2007 y 202/2013 de 16 de julio, que estarían referidos a la debida fundamentación, argumentando que, el Auto de Vista recurrido, sobre los agravios referidos, no realizó una debida motivación, pues la misma es escueta y enunciativa; en tal sentido, habiendo el recurrente cumplido con la carga argumentativa mínima para la verificación de contradicción por este Tribunal, el recurso resulta admisible