II.2. Del recurso de apelación restringida del Ministerio Público
II.2. Del recurso de apelación restringida del Ministerio Público
- Por memorial de 11 de marzo de 2014, que cursa de fs
- 1) Por Sentencia 09/2013 de 19 de agosto (fs
- 2) Notificadas las partes con la referida Sentencia, formularon recursos de apelación restringida el representante
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 104/2014-RA de 9
- El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no se pronunció respecto a los agravios
- Por lo expuesto, el recurrente impetra se dicte resolución dejando sin efecto el Auto de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Desarrollado el juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia, dictó Sentencia condenatoria contra David Joaquín
- II.2. Del recurso de apelación restringida del Ministerio Público
- Juan Carlos Cuellar Zurita, Fiscal adscrito a la Unidad de Anticorrupción del Distrito de Pando,
- II.3. Del recurso de apelación restringida planteado por Cesar Enzo Casazola Achacollo
- El imputado, planteó su recurso de apelación restringida, argumentando, esencialmente, que: 1) Si bien los
- II.4. Del recurso de apelación formulado por David Joaquín Díaz Torrez
- II.5. Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de
- Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
- III.1. Precedentes invocados por el recurrente
- De acuerdo a los argumentos expuestos por el recurrente, se establece que citó como precedentes
- III.2. Análisis del caso concreto
- Conforme a todo lo relacionado, considerando que el recurrente aduce que el Auto de Vista
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- Por lo expuesto, al no existir similitud de hechos entre las situaciones resueltas a través
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
