Auto Supremo AS/0334/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0334/2014

Fecha: 26-Jun-2014

De ello puede concluirse que la nulidad procesal procede en casos en que se compruebe

De ello puede concluirse que la nulidad procesal procede en casos en que se compruebe indefensión absoluta de las partes o de terceros interesados; en el caso de autos, dicha irregularidad procesal se ha verificado en la falta de acreditación del registro de la propiedad del titular de quien pretende usucapirse el bien, teniendo en cuenta que la usucapión constituye un modo de adquirir la propiedad que comporta para el titular, la extinción de esa propiedad, situación que tiene como fundamento la garantía del derecho de defensa del titular o titulares del inmueble que se pretende usucapir, cuya finalidad además de asegurar el respeto a ese derecho, consiste en garantizar la primacía de los principios de seguridad jurídica y eficiencia, por lo que es necesario tener claridad y certeza en la titularidad del derecho que se pretende obtener mediante la usucapión