El Gobierno Municipal de La Paz, legalmente representado, de fs
El Gobierno Municipal de La Paz, legalmente representado, de fs. 55 a 57, y de fs. 96 a 96 vta., responde negativamente señalando que los bienes de dominio público son imprescriptibles, en este sentido, el mencionado inmueble no cuenta con Código Catastral sino únicamente un plano de archivo en el Catastro Municipal, área asignada a uso de suelo municipal, es decir, área verde, por ende, es un bien público. Reconviene por acción negatoria y mejor derecho, reivindicación y por daños y perjuicios
- Partes: Teófilo Arenas. c/ Alberto Nielsen Reyes y Herederos
- Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El Gobierno Municipal de La Paz, legalmente representado, de fs
- La defensa de oficio del demandado, a fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y
- Contra la indicada Sentencia, el Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de La Paz, interpone
- Del contenido del recurso se resume lo siguiente
- ?El Tribunal de Alzada debía revisar solamente los antecedentes de la apelación de acuerdo a
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Asimismo, de manera incongruente, en el petitorium del recurso de casación en el fondo, el
- En el primer agravio se señala que el Tribunal Ad quem anula obrados porque no
- El art
- Bajo el entendimiento del mencionado Auto Supremo, en el caso de análisis, el actor Teófilo
- De la revisión de la Resolución de Alzada de fs
- De ello puede concluirse que la nulidad procesal procede en casos en que se compruebe
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario profesional en Bs.700,oo
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Cuarto
