En ese sentido, se considerará adecuada la
En ese sentido, se considerará adecuada la fundamentación de un Recurso de Casación en el Fondo, a los efectos de la nueva valoración de la prueba, siempre y cuando el recurrente haya acusado el error de derecho o de hecho en la apreciación de la misma, en ese contexto, el Recurso debe estar sustentado en el marco normativo del art. 253 -3) del Código de Procedimiento Civil, con la obligación no sólo de mencionar cómo el Tribunal habría incurrido en error de hecho o de derecho, sino además, identificar con meridiana claridad si el error denunciado es de hecho o de derecho por separado. El primer caso (error de hecho), debe estar especificado en documentos o actos auténticos que demuestren la equivocación manifiesta del juzgador y el segundo caso (error de derecho) en la cita de la Ley relativa al valor de las pruebas que han sido infringidas; aspectos estos no considerados en el caso de Autos
- Partes :Félix Alfredo Aguirre Cervantes c/ Empresa INVERCRUZ
- Salarios reintegros años 01/02/03/04/05/06 y enero /07: 61 meses
- CONSIDERANDO II
- Que, en lo últimos tres años el
- Que, niega el recurrente adeudarle al demandante,
- El demandante a pesar de existir contrato
- Como emergencia de las pocas ventas, de
- El demandante se ausentó ilegalmente de su fuente
- El demandante miente al afirma que fue contratado
- Que, el demandante hizo abandono de trabajo
- Con esos argumentos, el recurrente solicita se
- EL recurrente inicia sus argumentos señalando que, el
- CONSIDERANDO III: Que, así expuestos los fundamentos
- En ese sentido, se considerará adecuada la
- A todo lo anterior se suma el
- En ese mismo sentido y con relación
- Finalmente y con referencia a
- Que, a este efecto y de la revisión de los Recursos en análisis, se establece
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso
- Libro de Tomas de Razón Nº 249/2014
