EL recurrente inicia sus argumentos señalando que, el
Segundo Recurso interpuesto por Félix Alfredo Aguirre Cervantes.-
EL recurrente inicia sus argumentos señalando que, el Tribunal de Apelación no valoró en absoluto la prueba documental producida, referente al salario mensual que percibía en su condición de Gerente de Ventas consistente en el importe de Bs. 5.600.-, omisión que viola el principio de la Primacía de la Realidad conforme las pruebas cursantes de fs. 10, 13 a 15 y 219, consistentes en proforma de finiquito, concretamente el detalle de obligaciones por pagar, con la fe probatoria de los arts. 151 y 159 del Código Procesal del Trabajo, pago de salario que se hacía mediante dos planillas fiscal e interna, y los beneficios sociales que con base en ese salario mensual hace un importe total de Bs. 223,670,49.- bolivianos. No habiendo la parte demandada, presentado prueba alguna de descargo sobre estos extremos, siendo las boletas de pago y las planillas de sueldos documentos fabricados que no llevan el visado de la Dirección departamental del Trabajo
EL recurrente inicia sus argumentos señalando que, el Tribunal de Apelación no valoró en absoluto la prueba documental producida, referente al salario mensual que percibía en su condición de Gerente de Ventas consistente en el importe de Bs. 5.600.-, omisión que viola el principio de la Primacía de la Realidad conforme las pruebas cursantes de fs. 10, 13 a 15 y 219, consistentes en proforma de finiquito, concretamente el detalle de obligaciones por pagar, con la fe probatoria de los arts. 151 y 159 del Código Procesal del Trabajo, pago de salario que se hacía mediante dos planillas fiscal e interna, y los beneficios sociales que con base en ese salario mensual hace un importe total de Bs. 223,670,49.- bolivianos. No habiendo la parte demandada, presentado prueba alguna de descargo sobre estos extremos, siendo las boletas de pago y las planillas de sueldos documentos fabricados que no llevan el visado de la Dirección departamental del Trabajo
- Partes :Félix Alfredo Aguirre Cervantes c/ Empresa INVERCRUZ
- Salarios reintegros años 01/02/03/04/05/06 y enero /07: 61 meses
- CONSIDERANDO II
- Que, en lo últimos tres años el
- Que, niega el recurrente adeudarle al demandante,
- El demandante a pesar de existir contrato
- Como emergencia de las pocas ventas, de
- El demandante se ausentó ilegalmente de su fuente
- El demandante miente al afirma que fue contratado
- Que, el demandante hizo abandono de trabajo
- Con esos argumentos, el recurrente solicita se
- EL recurrente inicia sus argumentos señalando que, el
- CONSIDERANDO III: Que, así expuestos los fundamentos
- En ese sentido, se considerará adecuada la
- A todo lo anterior se suma el
- En ese mismo sentido y con relación
- Finalmente y con referencia a
- Que, a este efecto y de la revisión de los Recursos en análisis, se establece
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso
- Libro de Tomas de Razón Nº 249/2014
