Auto Supremo AS/0264/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2014

Fecha: 04-Jul-2014

En mérito a las consideraciones precedentes corresponde fallar conforme disponen los artículos 271-3) y 275,

En mérito a las consideraciones precedentes corresponde fallar conforme disponen los artículos 271-3) y 275, ambos del Código de Procedimiento Civil