28 conjuntamente la apelación contra la sentencia, sin embargo el A quo dispone la remisión
Que, en grado de apelación incoada por la demandada Ana Tomasa Guzmán Cuba contra la sentencia de fojas 59 a 60, es concedida mediante auto de fecha 1 de junio de 2007, y ante dicha resolución se interpone recurso de reposición bajo alternativa de apelación reclamando que no se concedió la apelación concedida en el efecto diferido contra el auto de fojas
28 conjuntamente la apelación contra la sentencia, sin embargo el A quo dispone la remisión de obrados, y en consecuencia a ello la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial de Santa Cruz, anula obrados con reposición hasta fojas 68 inclusive, debiendo el juez conceder ambos recursos y así el Tribunal ad quem dicte una sola resolución, y nuevamente el A quo remite obrados con la resolución que concede ambas apelaciones y la Sala Civil Segunda de la ex Corte Superior de Justicia de Santa Cruz confirma la sentencia de fecha 14 de marzo de 2007 y auto de fojas 12 de mayo de 2006, con costas
- CONSIDERANDO I
- 28 conjuntamente la apelación contra la sentencia, sin embargo el A quo dispone la remisión
- FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN: Contra el Auto de Vista, Ana Tomasa Guzmán Cuba interpone Recurso
- Asimismo observa las declaraciones testificales de los testigos Primo Arteaga Sánchez, Margarita Cervantes Jiménez y
- Asimismo, expresa que la declaración testifical de descargo de Cleto Garcia Sánchez demuestra que la
- Por lo expuesto, solicitó al Tribunal Supremo, case el auto de vista recurrido conforme los
- CONSIDERANDO III
- El Dr
- En el sub lite, el reclamo de la recurrente sobre la interpretación errónea del artículo
- En cuanto a la afirmación de la recurrente de que los testigos de cargo ofrecidos
- Sin embargo el artículo 1283 del Código Civil impone a las partes la carga de
- el deber de valorar los elementos probatorios en conjunto y no en forma aislada, en
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, del Estado Plurinacional de
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs mandará hacer efectivo el Juez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
