Auto Supremo AS/0305/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2014-RA

Fecha: 09-Jul-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 002/2013 de 15 de agosto (fs. 1155 a 1181), complementada por Auto 37/2013 de 29 de agosto (fs. 1264 a 1270 vta.), el Tribunal de Sentencia de las Provincias Hernando Siles y Luis Calvo del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Juan Luis Barja Salazar, autor de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 1), 2), 3) y 4) del CP, sancionándole a la pena de treinta años de presidio, sin derecho a indulto; en relación a Ricardo Yare Rivera, lo declaró autor de la comisión del delito de Complicidad de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 2), 3) y 4) en relación al art. 23, ambos del CP, condenándole a la pena de presidio de quince años; imponiéndose en ambos casos, el pago de costas a favor del Estado y de la parte querellante