Señala que, emitida la Sentencia, en ejercicio de su defensa planteó adhesión al recurso de
Señala que, emitida la Sentencia, en ejercicio de su defensa planteó adhesión al recurso de apelación restringida interpuesto por Ricardo Yare Rivera; empero, con argumentos propios, siendo diez los agravios denunciados; sin embargo, refiere, el Tribunal de alzada decidió excluir de su respuesta algunos motivos, y, sobre los otros, se pronunció con absoluta falta de fundamentación. Así, sobre estos dos tópicos del recurso argumenta que: i) En relación a los cuatro primeros motivos, no hubo pronunciamiento alguno del Tribunal de apelación; toda vez que estos agravios fueron confundidos por los Vocales como idénticos al recurso adherido, cuando en los hechos no lo eran en absoluto, limitándose a señalar: ”… lo reclamado en los motivos primero, segundo, tercero y cuarto, versan sobre los mismos hechos recamados por el co-imputado Ricardo Yare, por lo que los fundamentos esgrimidos por éste Tribunal para resolver dichas reclamaciones, valen también para las reclamaciones efectuadas por el procesado Juan Luis Barja.” (sic), en consecuencia, refiere, en realidad estas denuncias jamás fueron resueltas de manera expresa y directa; asimismo, ii) En relación a los motivos quinto al décimo de su alzada (de los que identifica el quinto, sexto y séptimo, consistentes en: Fundamentación contradictoria de la Sentencia, que se basó en hechos no acreditados y errónea valoración de la prueba, respectivamente), indica que fueron resueltos de manera superficial, sin fundamentación alguna, evadiendo dar respuesta y desviando el argumento reclamado, no habiéndose señalado qué hechos, pruebas y por qué se llegó a una u otra afirmación, agravios que fueron “…abordados en menos de 18 líneas, de forma completamente injustificada, sin el menor razonamiento jurídico que los respalde”. (sic)
- Por memoriales presentados el 16 de junio de 2014, que cursan de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el imputado Ricardo Yare Rivera (fs
- c) Notificados los recurrentes mediante orden instruida con el Auto de Complementación y Enmienda, el
- De los memoriales que cursan de fs
- Señala que, emitida la Sentencia, en ejercicio de su defensa planteó adhesión al recurso de
- Argumenta además que, el accionar del Tribunal de alzada vulnera su derecho constitucional de la
- II.2. Recurso de casación de Ricardo Yare Rivera
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se constata que ambos recursos cumplieron con el requisito relativo
- IV.1. Del recurso de casación de Juan Luis Barja Salazar
- Sobre la invocación como precedentes contradictorios de las SSCC “1111/2012” (sic), “0752/2002-R” (sic), “1365/2005-R” (sic),
- IV.2. Del recurso de casación de Ricardo Yare Rivera
- Respecto al recurso de casación del referido imputado, en el que se reclama en los
- En ese ámbito es menester reiterar que, conforme se afirmó en el acápite III inc
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
