2) Asimismo arguye que, el Tribunal de alzada, al haber dispuesto la nulidad de la
2) Asimismo arguye que, el Tribunal de alzada, al haber dispuesto la nulidad de la Sentencia, actuó de manera parcializada y favoreciendo a la parte civil, pues no tomó en cuenta que: En la audiencia la parte querellante no se opuso al procedimiento abreviado; asimismo, la declaración del imputado, que extraña el Tribunal de apelación, conforme el “Art. 373” (sic), no es requisito para la procedencia de la referida salida alternativa; además, la apelación restringida no cumplió con lo establecido por el art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por cuanto no amparó su recurso en ninguna de las causales de nulidad que prevé el citado precepto (en cuyo argumento transcribe inextenso su memorial de contestación a la apelación de la parte querellante), concluyendo que, ante esa insuficiente fundamentación del recurso, debió declararse su improcedencia
- Por memorial presentado el 21 de abril de 2014, cursante de fs
- Del recurso de casación cursante de fs
- 2) Asimismo arguye que, el Tribunal de alzada, al haber dispuesto la nulidad de la
- 3) Por otro lado señala que, el Auto de Vista carece de “FUNDAMENTACIÓN PROBATORIA” (sic)
- 4) Finalmente se extracta la denuncia (reiterada a lo largo del recurso) respecto a que,
- Al final del recurso (Otrosí 1
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes se tiene que, el recurso
- Respecto del primer agravio, referido a defectos absolutos por incumplimiento de los arts
- En el segundo y tercer agravio se arguye que: i) El Tribunal de alzada actuó
- Sobre este último agravio, si bien el recurrente, de manera enunciativa hace alusión de la
- Por otro lado, en cuanto a la invocación de Sentencias Constitucionales que se observa en
- Finalmente, en relación a la cita (en la parte final del recurso) de los Autos
- De todo lo expuesto precedentemente se establece que, el recurso de casación en examen no
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
