Auto Supremo AS/0310/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2014-RA

Fecha: 09-Jul-2014

Respecto del primer agravio, referido a defectos absolutos por incumplimiento de los arts


Respecto del primer agravio, referido a defectos absolutos por incumplimiento de los arts. 411 y 412 del CPP, pues se habría señalado audiencia de fundamentación de su recurso de apelación a los sesenta y seis días de radicada la causa y no a los veinte, y que, no se remitió el cuaderno original ni las pruebas por el Juzgado de origen, invocando al efecto los Autos Supremos 494 de 15 de noviembre de 2005, 564 de 1 de octubre de 2004, 149 de 2 de febrero de 2007, 168 de 6 de febrero de 2007 y 207 de 9 de febrero de 2007; se observa que, el recurrente omitió cumplir con la carga procesal de realizar la comparación de hechos similares, y fundamentalmente, no fundamentó la contradicción existente entre lo actuado por el Tribunal de alzada con los precedentes simplemente enunciados, consiguientemente, incumplió los requisitos de admisibilidad previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, deficiencias en el planteamiento del recurso que no pueden ser suplidas de oficio ni con la mera referencia de “SITUACIÓN QUE CONSTITUYE DEFECTOS ABSOLUTOS” (sic) como se observa en el caso presente, pues a efectos de ingresar al fondo de los agravios vía flexibilización, el recurrente tiene la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite III de esta Resolución, los que fueron omitidos por completo