- El recurrente denuncia transgresión del principio de congruencia y falta de individualización del bien
Recurso de casación en la forma:
- El recurrente denuncia transgresión del principio de congruencia y falta de individualización del bien inmueble objeto del litigio, debido a que el recurrente cuando planteo recurso de apelación formuló diversos agravios, sin embargo, señala que de la lectura del Auto de Vista recurrido se evidencia que el Tribunal Ad quem, sintetizó y omitió la mayoría de los agravios, limitándose a reducir en el considerando III numeral 1) a cuatro puntos, constituyendo de esta manera un vicio de incongruencia omisiva, citra petita o ex silentio, vulnerando el principio del debido proceso, transgrediendo los arts. 190, 192 y 236 del Código de Procedimiento Civil
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, Hugo Ramos Ramos, interpuso Recurso de Apelación cursante de fs
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en el fondo y en la forma,
- Recurso de casación en el Fondo
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- - El recurrente denuncia transgresión del principio de congruencia y falta de individualización del bien
- - Asimismo, denuncia que el bien inmueble objeto de la litis, no fue individualizado ni
- Por lo expuesto el recurrente solicita se case el Auto de Vista recurrido y
- Del recurso de casación en el fondo
- En base a esas consideraciones, la parte actora para acreditar el derecho propietario respecto al
- - El Tribunal de Alzada al momento de señalar los agravios a los cuales hizo
- - Concluyendo, el recurrente denunció la falta de individualización e identificación del inmueble objeto de
- En razón a lo expuesto, corresponde a éste Tribunal resolver conforme prevé los artículos 271-2)
- Se regula honorarios del abogado en la suma de 700bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
