Auto Supremo AS/0380/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0380/2014

Fecha: 17-Jul-2014

- El Tribunal de Alzada al momento de señalar los agravios a los cuales hizo


Del recurso de casación en la forma:
- El Tribunal de Alzada al momento de señalar los agravios a los cuales hizo referencia el recurrente en su apelación, éste en aplicación del art. 236 del Código de Procedimiento Civil, tomó en cuenta los puntos que fueron considerados por el Juez de primera instancia, por lo que sintetizó los mismos, ello en razón a que los 5 incisos de agravios denunciados en apelación de los cuales los dos últimos cuentan con dos incisos más, resultan ser repetitivos, por ejemplo el numeral 1 y el 5 del memorial de apelación, el recurrente hace mención a las pretensiones deducidas por los actores, que al parecer del recurrente, estas serían “antagónicas y antinómicas”, por lo tanto, lo que realizo el Tribunal de Alzada fue sintetizar dichos puntos, mas no suprimirlos, dando respuesta a los cuatro incisos a los cuales fue sintetizado los 5 puntos de agravio del recurrente. De igual forma, se hace notar al recurrente, que si consideró que el Tribunal de Alzada no dio respuesta o suprimió algún agravio de su apelación, éste en el momento oportuno, podía solicitar enmienda o complementación del referido Auto, tal cual lo dispone el art. 239 del Código de Procedimiento Civil