Del recurso de casación en el fondo
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Del recurso de casación en el fondo:
1.- Con relación al primer agravio el recurrente señala que, cuando formuló recurso de apelación, denunció la falta de pronunciamiento del A quo respecto a la escritura pública Nº 3034/2001 de 08 de noviembre de 2001, inscrito en Derechos Reales bajo la matrícula Nº 2.01.3.01.0001093 y que éste sólo se habría referido a la escritura pública Nº 908/2002, registrado en Derechos Reales bajo la matrícula Nº 2.01.3.01.0009547, denuncia que no habría sido considerada por el Tribunal de Alzada, por lo que acusa error de hecho y de derecho en la apreciación de los mencionados documentos, toda vez que las mismas serian contradictorias y ambiguas entre sí.
En base a lo manifestado, corresponde señalar que, la parte actora a tiempo de formular la presente demanda, adjuntó la escritura pública Nº 908/2002 de fecha 30 de julio de 2002, referente a una Minuta de aclaración, en razón a que el lote de terreno con una superficie de 56.000 mts2., que sería de su propiedad, habría sido urbanizado y divido en 7 manzanos, consignándose en el manzano “A” lote 2, un inmueble con una superficie de 194,099 mts2; de igual forma, adjuntó el Folio Real con matrícula computarizada Nº 2.01.3.01.0009547, en el que se registra el mencionado inmueble emergente de la división y partición, en base a la minuta de aclaración referida supra, cuya titularidad está registrada a nombre de los actores. Posteriormente a pedido del Juez A quo, se adjuntó la escritura pública Nº 3034/2001 de 08 de noviembre de 2001, referente a la transferencia del lote de terreno, objeto de la litis, con una superficie de 5 hectáreas con 6.000 mts2, ubicado en la ex comunidad Pucarani de la provincia Murillo del Departamento de La Paz, suscrito por Francisco Fernández Pascual a favor de los actores, transferencia que se encuentra registrado en el Folio Real con matrícula Nº 2.01.3.01.0001093 asiento A-2
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, Hugo Ramos Ramos, interpuso Recurso de Apelación cursante de fs
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en el fondo y en la forma,
- Recurso de casación en el Fondo
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- - El recurrente denuncia transgresión del principio de congruencia y falta de individualización del bien
- - Asimismo, denuncia que el bien inmueble objeto de la litis, no fue individualizado ni
- Por lo expuesto el recurrente solicita se case el Auto de Vista recurrido y
- Del recurso de casación en el fondo
- En base a esas consideraciones, la parte actora para acreditar el derecho propietario respecto al
- - El Tribunal de Alzada al momento de señalar los agravios a los cuales hizo
- - Concluyendo, el recurrente denunció la falta de individualización e identificación del inmueble objeto de
- En razón a lo expuesto, corresponde a éste Tribunal resolver conforme prevé los artículos 271-2)
- Se regula honorarios del abogado en la suma de 700bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
