Auto Supremo AS/0380/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0380/2014

Fecha: 17-Jul-2014

En base a esas consideraciones, la parte actora para acreditar el derecho propietario respecto al

En base a esas consideraciones, la parte actora para acreditar el derecho propietario respecto al lote de terreno objeto de la litis y de esta manera ejercer la acción real que pretende, adjuntó el folio real con matrícula computarizada Nº 2.01.3.01.0009547 y la escritura pública Nº 908/2002 de 30 de julio de 2002 del cual emerge el derecho propietario sobre el referido inmueble, si bien el juez A quo a manera de aclaración y previo a la admisión de la demanda solicitó la escritura pública Nº 3034/2001, dicha petición la realizó en virtud a que la escritura pública 908/2002 resulta ser una aclaración a la misma, demostrándose con dicha prueba de donde devendría el origen del derecho propietario que les asiste a los actores, previa a la división y partición del referido inmueble. En virtud a lo manifestado es que el Juez A quo así como el Ad quem a través del Auto de Vista, en el inc. a) numeral 2) del considerando III, valoró la escritura pública Nº 908/2002 y su respectivo folio real, documentales con las que quedaría demostrado la propiedad del bien inmueble objeto de la litis y su registro correspondiente en Derecho Reales, lo que dio origen a la acción reivindicatoria, mas no a la acción de mejor derecho propietario, toda vez que no se demostró que el lote de terreno tendría otro registro, por lo tanto no resulta evidente el agravio denunciado por el recurrente, ni la vulneración de los arts. 1283-I y 1286 del Código Civil concordante con el art. 375-1) y 397 del Código de Procedimiento Civil