Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0403/2014
Fecha: 25-Jul-2014
Distrito: Tarija
Distrito: Tarija
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Enriqueta Onofre
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Proceso: Reivindicación de inmueble
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Distrito: Tarija
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ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Mediante Sentencia de 30 de septiembre de 2013 de fs
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El Auto de Vista Nº 14/2014 de 25 de febrero de 2014, emitido por la
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En la Forma, de acuerdo al art. 254 inc. 6) del Código de Procedimiento Civil
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El Tribunal de Alzada tenía 30 días para dictar su resolución el cual se ha
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2.Violación al art. 236 del Código de Procedimiento Civil
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En el recurso de apelación se acusó de violación de los arts
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Tampoco existe respuesta al punto apelado de violación al art
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En el Fondo, de acuerdo al art
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En el Auto de Vista se aplica los conceptos de los arts
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En relación al art
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2.Aplicación indebida y violación del art. 584 del Código Civil
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El Ad quem dice que se trata de una compra venta del bien inmueble realizada
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El Auto de Vista es contradictorio porque primero dice que hay venta y luego se
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Asimismo, violaron el art
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4.Violación al art. 1453 del Código Civil
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La actora es la única y legítima propietaria del inmueble y la posesión de la
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En base a los antecedentes descritos, el recurrente pide a través de su recurso de
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FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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En la Forma
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De los datos que informan al proceso puede advertirse que a fs
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En cuanto al agravio de que el Ad quem, al no haber respondido a las
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Por estas razones, se concluye que los agravios en la forma alegados devienen en infundados
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En el Fondo
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El A quo, en su Resolución de primer grado ha señalado, respecto al documento de
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En cuanto a la acusación de aplicación indebida del art
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En el segundo agravio se acusa de violación del art
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Si el monto de dinero recibido no puede ser calificado como pago de precio inexistente
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Se regula el honorario profesional en Bs.1.000,oo
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
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