Auto Supremo AS/0001/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0001/2014

Fecha: 18-Ago-2014

Que, del referido Auto de Vista, Juan Serapio Ponce Monzón, en representación legal de la


En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 248/09 de 4 de noviembre de 2009 (fojas 209 a 210 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, ANULÓ EN PARTE el Auto de concesión de fojas 203, con relación al recurso presentado por el Abogado del SISAB por ser carente de personería y CONFIRMÓ la Sentencia apelada (fojas 173 a 178), con la siguiente modificación:

Tiempo de servicios:        1 año, 10 meses y 22 días

Salario indemnizable:        Bs. 12.495,00 (Cfr. Fojas 35)




Indemnización:        Bs.        23.671,07

Vacaciones (06-07 – 20 días):        Bs.        8.330,00

Aguinaldo (Duodécimas):        Bs.        4.165,00

SUB TOTAL        Bs.        36.166,07

Más multa 30%        Bs.        7.101,32

TOTAL        Bs.        43.267,39

Que, del referido Auto de Vista, Juan Serapio Ponce Monzón, en representación legal de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), interpuso el recurso de nulidad y casación de fojas 250 a 252, en el que se expresa lo siguiente:

Manifiesta que devuelto el cedulón dirigido a la ex SISAB mediante Auto de 1 de diciembre de 2009 (fojas 239), se dispuso que se notifique con el Auto de Vista de fojas 209 a 210, a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), sin establecer fundamentación legal que determine la condición por la que se notificó a dicha institución