Auto Supremo AS/0207/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2014

Fecha: 15-Ago-2014

CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en el fondo, la contestación, el

CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en el fondo, la contestación, el auto de vista recurrido, los antecedentes administrativos y las normas aplicables a la materia, se tiene lo siguiente:
El recurso de casación, para Chiovenda, “esta instituido para preservar la exacta observancia de la ley”, según esta afirmación este Tribunal Supremo de Justicia debe analizar la fiel ejecución de la norma, por tanto, en la especie debe remitirse a resolver judicialmente la génesis de la controversia entre el demandante y la empresa demandada, es decir, si el actor tiene o no derecho a su reincorporación, a los sueldos devengados y demás derechos laborales reclamados.
Con relación al reclamo del recurrente en sentido que no se consideró que el despido injustificado que sufrió el demandante en fecha 30 de octubre de 2012, se debió a que se le responsabilizó de la pérdida de la factura signada con el N° 562 emitida por la Empresa VECOMAR a favor de la Empresa Metalúrgica Vinto, acción que violó los principios de protección y de concentración previstos en el artículo 3.g).i) del Código Procesal del Trabajo, pues dicha factura se encontraba en poder de la Empresa VECOMAR, ya que fue devuelta por el Lic. Adolfo Morales Gómez, Gerente Administrativo Financiero de la Empresa Metalúrgica Vinto, en tal virtud la empresa debió aplicar para el caso del despido del trabajador los artículos 16.e) de la Ley General del Trabajo y 9 del Reglamento de la Ley General del Trabajo