Auto Supremo AS/0246/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2014

Fecha: 29-Ago-2014

De la Invocación del Precedente Contradictorio

De la Invocación del Precedente Contradictorio.- Que, de conformidad a lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, el momento procesal oportuno para la Invocación de los Precedentes Contradictorios es en la formulación del Recurso de Apelación Restringida, verificado el mismo cursa en Autos de fs. 242-244 y vta., se establece la invocación de los siguientes precedentes:
1.- Juan Carlos Marca Valencia es el único que plantea Precedentes Contradictorios en la Apelación Restringida, como el Auto Supremo Nº 523 de 20 de septiembre de 2004; Nº 418 de 16 de agosto de 2004; Nº 538 de 23 de octubre de 2004; Nº 410 de 3 de agosto de 2004 y Nº 480 de 23 de septiembre de 2003