Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por los recurrentes, contrastados con el Auto
CONSIDERANDO V: (Sobre los fundamentos de Casación y conclusiones)
Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por los recurrentes, contrastados con el Auto de Vista recurrido se tiene las siguientes conclusiones de orden legal: La revisión de los escritos del Recurso de Apelación Restringida ofrecido en calidad de prueba por los recurrentes para los efectos de su Recurso de Casación, se tiene que a tiempo de impugnar la Sentencia a través del Recurso de Apelación Restringida, solo el recurrente Juan Carlos Marca Valencia de fs. 242-244 y vta., interpuso Precedentes Contradictorios como Autos Supremos que son citados en su Recurso, señala que se vulnero el derecho de:
1.- Con relación a los numerales 1), 2), 3) y 4) que plantea el recurrente se establece que se vinculan entre sí, revisado los antecedentes se evidencia que, el recurrente alega que la Sentencia se basa en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a Juicio, errónea Aplicación de la Ley Sustantiva, como también que no exista fundamentación de la sentencia y valoración defectuosa de la prueba en la sentencia
Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por los recurrentes, contrastados con el Auto de Vista recurrido se tiene las siguientes conclusiones de orden legal: La revisión de los escritos del Recurso de Apelación Restringida ofrecido en calidad de prueba por los recurrentes para los efectos de su Recurso de Casación, se tiene que a tiempo de impugnar la Sentencia a través del Recurso de Apelación Restringida, solo el recurrente Juan Carlos Marca Valencia de fs. 242-244 y vta., interpuso Precedentes Contradictorios como Autos Supremos que son citados en su Recurso, señala que se vulnero el derecho de:
1.- Con relación a los numerales 1), 2), 3) y 4) que plantea el recurrente se establece que se vinculan entre sí, revisado los antecedentes se evidencia que, el recurrente alega que la Sentencia se basa en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a Juicio, errónea Aplicación de la Ley Sustantiva, como también que no exista fundamentación de la sentencia y valoración defectuosa de la prueba en la sentencia
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Denny Roca Chicata y Francisco Arias Alberto interponen Recurso de Apelación Restringida, de fs
- Que, Juan Carlos Marca Valencia de fs
- Que, Gumercinda Choque Bautista de Quispe responde al Recurso de Apelación Restringida de fs
- Francisco Arias Alberto plantea en su Recuro de Casación de fs
- Juan Carlos Marca Valencia plantea en su Recurso de Casación de fs. 282-284 lo siguiente
- 1.- Errónea aplicación de la Ley Sustantiva
- 2
- 3.- No exista fundamentación de la Sentencia o que esta sea insuficiente o contradictoria
- 4.- Valoración defectuosa de la prueba en la Sentencia
- Señala en el Recurso de Casación que se vulneró el Derecho de Presunción de Inocencia,
- Petitorio
- La misma sea concedida, a objeto de dictarse el Auto de Vista respectivo por la
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- Se define a la Casación, como un instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- De conformidad al Auto Supremo Nº 180/2014 de 15 de agosto de 2014 se
- Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteados por los recurrentes, contrastados con el Auto
- Que, por otro lado, considerando que en el Recurso de Apelación Restringida el recurrente Francisco
- Con relación al art
- Ello significa, que no es posible identificar hechos similares y sentidos jurídicos contrarios entre el
- No advirtiéndose contradicción alguna en la emisión del Auto de Vista Nº 03 de marzo
- Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso
