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    Auto Supremo AS/0358/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0358/2014

    Fecha: 29-Ago-2014

    Deducida las apelaciones presentadas tanto por la parte demandante como por la parte demandada, la


    Deducida las apelaciones presentadas tanto por la parte demandante como por la parte demandada, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 482/2008 de 3 de diciembre, cursante a fojas 731 a 733 vuelta, anulando obrados hasta fojas 128 vuelta inclusive, sin responsabilidad al juez de primera instancia por ser excusable
    • CONSIDERANDO I
    • Deducida las apelaciones presentadas tanto por la parte demandante como por la parte demandada, la
    • CONSIDERANDO II
    • Recurso de casación en la forma
    • En ese orden, es menester precisar que la finalidad del recurso de casación en el
    • Que, por los fundamentos del recurso de casación de fondo, se advierte que su interposición
    • Por otra parte debe tenerse presente, que los jueces y Tribunales, tienen la facultad de
    • Es de entender que, no existe incompatibilidad entre el artículo 236 del Código de Procedimiento
    • Si bien es cierto que el fallo de segunda instancia debe sujetarse estrictamente al principio
    • Respecto a la causa de nulidad dispuesta, diremos que el Tribunal Supremo de Justicia, en
    • Dado los alcances de la nulidad dispuesta correctamente por el Tribunal Ad quem, los defectos
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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