CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segunda de Partido de Trabajo y
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 137 a 139, interpuesto por Benedicta Rodríguez Gutiérrez representada legalmente por Sergio Gregorio Fernández Espíndola, contra el Auto de Vista Nº 96/2014 de 30 de mayo, de fs. 130 a 134, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso laboral seguido por la recurrente, contra Industrias Agrícolas Bermejo (I.A.B.), dependiente del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, la respuesta de fs. 142 a 143, el auto que concedió el recurso de fs. 143 vta.-144, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segunda de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Tarija, emitió la Sentencia de 31 de mayo de 2012, cursante de fs. 98 a 101, declarando improbada la demanda de fs. 15 a 16, aclaración de fs. 39 a 40 y 44, y probada la excepción de prescripción de fs. 63 a 64, a 45, sin costas
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segunda de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Tarija, emitió la Sentencia de 31 de mayo de 2012, cursante de fs. 98 a 101, declarando improbada la demanda de fs. 15 a 16, aclaración de fs. 39 a 40 y 44, y probada la excepción de prescripción de fs. 63 a 64, a 45, sin costas
- Auto Supremo Nº 283/2014
- Sucre, 23 de septiembre de 2014
- Expediente: SSA.II-TJA.283/2014
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segunda de Partido de Trabajo y
- En grado de apelación deducida por el representante legal del actor (fs
- Que, contra el referido auto de vista, Benedicta Rodríguez Gutiérrez representada legalmente por Sergio Gregorio
- Asimismo, expresó que está claramente demostrada la injusticia de los derechos laborales de su esposo
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, se
- En ese sentido, revisados los antecedentes procesales y las pruebas aportadas durante la tramitación de
- Consecuentemente, a efectos de realizar el cómputo de la prescripción se debe tomar en cuenta
- Por otra parte, respecto a la aplicación de la normativa prevista en los arts
- A mayor abundamiento, respecto a la interpretación desde y conforme la Constitución Política del Estado,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
