Auto Supremo AS/0383/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0383/2014

Fecha: 05-Sep-2014

De acuerdo con el texto legal citado, revisten naturaleza administrativa, por atribución legal, aquellos contratos


De acuerdo con el texto legal citado, revisten naturaleza administrativa, por atribución legal, aquellos contratos que tengan por objeto directo: 1) la ejecución de obras, 2) la provisión de materiales, bienes y servicios. Esto no quiere decir que éstos sean los únicos contratos de naturaleza administrativa, pero si son los únicos que expresamente se encuentran calificados como administrativos por la ley, en razón del objeto sobre el que versan, siendo la propia ley la que abre la posibilidad de que existan otros contratos administrativos en razón de su naturaleza, es decir a su directa vinculación con el interés o servicio público