Auto Supremo AS/0441/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0441/2014

Fecha: 03-Sep-2014

“Una sociedad democrática está sostenida por el equilibrio y control riguroso que dimanan de los


En cuanto al segundo Auto Supremo invocado por el recurrente, previo análisis de una denuncia referente a la errónea adecuación de la conducta del entonces recurrente en tipo penal de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del CP, en el que el Tribunal de Sentencia condenó al procesado a pesar de no habérsele interpelado al pago o abono del dinero girado, existiendo falta de tipicidad, asumió como doctrina legal aplicable la siguiente:

“Una sociedad democrática está sostenida por el equilibrio y control riguroso que dimanan de los principios de legalidad, derecho al cumplimiento de la reglas del debido proceso penal y publicidad. Bastará que la ausencia se refleje en uno de ellos para demandar la corrección, aún de oficio, conforme dispone el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, y, con mayor razón si las infracciones han sido reclamadas oportunamente por el recurrente a quien le causa perjuicios la forma de resolución que incurre en ‘error injudicando’, tarea que la ley obliga a que los tribunales de Justicia se sometan a la ley emitiendo sentencias que fluyan del respeto absoluto al ‘principio de legalidad’ realizando los juzgadores tareas objetivas de subsunción que demuestren, objetivamente, el encuadramiento perfecto de las conductas tachadas de antijurídicas en el marco descriptivo de la ley penal lo contrario significaría crear inseguridad jurídica" en perjuicio de toda la población