Auto Supremo AS/0025/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0025/2015

Fecha: 14-Ene-2015

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 489 a 491 vta., interpuesto por Omar Llanque Anagua contra del Auto de Vista Nº 133/2014 emitido el 29 de julio de 2014 cursante de fs. 481 a 485 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso de resolución de contrato seguido por el recurrente en contra de Alex Boris Cuba Zabala, la concesión de fs. 494 los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez de Partido Séptimo en lo Civil, pronuncia la Sentencia N° 152/2013 de 11 de noviembre de 2013 que cursa de fs. 460 a 464 vta., declarando improbada la demanda principal de fs. 5 a 6 vta., aclarada a fs. 80 y probada la demanda reconvencional de fs. 182 a 183 vta., probada la excepción de falta de acción y derecho de fs. 182 a 183 vta., disponiendo que Omar Llanque Anagua, cancele la suma de $us.12.400.- o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio oficial en el día de su pago o la devolución de la mercadería consistente en 24 televisores LCD de 40 pulgadas en favor del actor Alex Boris Cuba Zabala, por concepto de un contrato de compromiso de devolución de fecha 2 de febrero, bajo prevención de procederse con su ejecución forzosa, mas daños y perjuicios traducidos en interés legal del 6% anual computable desde la citación con la demanda reconvencional