Auto Supremo AS/0038/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0038/2015-RA

Fecha: 15-Ene-2015

En cuanto al segundo agravio, en el que la recurrente denuncia la falta de resolución


En cuanto al segundo agravio, en el que la recurrente denuncia la falta de resolución de varias denuncias expuestas en el recurso de apelación restringida, se advierte que en relación específica a Autos Supremos invocados, no explicó cuál la contradicción del Auto de Vista recurrido con los precedentes contenidos en los mismos, limitándose en algunos casos a efectuar una transcripción de su contenido y en otros a citarlos llanamente, denotando el incumplimiento del segundo párrafo del art. 417 del CPP. Ahora bien, de acuerdo a los criterios expuestos en el apartado IV de este Auto Supremo, este Tribunal determinó criterios de flexibilización para la admisión excepcional el recurso de casación cuando se denuncie lesión de derechos y garantías, entre los que se encuentra, además de la identificación precisa de los puntos que no habrían sido fundamentados adecuada o suficientemente, la explicación de la relevancia o incidencia de la omisión denunciada, requisito que se advierte la recurrente no cumplió en cuanto al agravio descrito en el apartado II. inc. 2). ii), por cuanto se limitó a enunciar lo puntos impugnados, sin explicar en qué consistiría el daño o la relevancia que el tema tendría en la resolución de la causa