Auto Supremo AS/0040/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0040/2015-RA

Fecha: 15-Ene-2015

Se deja constancia que la labor de contraste no abarcará el Auto Supremo 500 de


Respecto a los demás requisitos, se evidencia que en el primer motivo, el recurrente a tiempo de hacer referencia a varias temáticas relativas a los hechos, fundamenta con precisión que el Auto de Vista impugnado, resulta contradictorio con los Autos Supremos 354/2014-RRC y 131 de 31 de enero de 2007, precisando la contradicción en la que hubiese incurrido el Tribunal de alzada al pronunciar el Auto de Vista impugnado con relación a dichas resoluciones, conforme fue señalado en el acápite II de este fallo, al enfatizar que no concurrirían los supuestos previstos en la sanción del art. 205 del CP y que la base de la acusación se funda en suposiciones, sin que el querellante haya cumplido con la carga de la prueba, cumpliendo en consecuencia la previsión del art. 417 del CPP; en cuyo mérito, corresponde el análisis de fondo del presente motivo.

Se deja constancia que la labor de contraste no abarcará el Auto Supremo 500 de 13 de noviembre de 2006, habida cuenta que resolvió una solicitud de extinción de acción, sin establecer doctrina legal aplicable; menos el “Auto Supremo 254/2014-RRC” (sic), al no cursar en la base de datos, sino el Auto Supremo 254/2014-RA, que se limitó a efectuar examen de admisibilidad del recurso sin efectuar el análisis de fondo de la problemática planteada; ni el Auto Supremo 556 de 1 de octubre de 2004, que declaró infundado el recurso puesto en conocimiento de este Tribunal