perjuicio de la víctima, lesionando el bien jurídico protegido; y, vii) Al no tener el
Concluido el juicio oral, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dictó Sentencia condenatoria contra el recurrente, con los siguientes fundamentos: i) Omar Fernández Durán fue abogado de Roberto Martínez Mejía en un proceso penal en contra de éste por el delito de Homicidio en Accidentes de Tránsito; ii) El 26 de junio de 2009, el imputado exigió y obligó a su cliente a entregarle la suma de Bs. 2.000.- (dos mil bolivianos), para arreglar con la Juez de Sentencia y que no sea detenido preventivamente; iii) Este amedrentamiento, atendiendo las particulares circunstancias en que se encontraba el sujeto pasivo procesado por un delito, con el anuncio de que podía ser detenido, la relación de confianza que supone existe entre cliente y abogado, su grado de educación y condición social, y el escaso conocimiento de las normas penales; fueron idóneas y graves para incidir en el patrimonio de la víctima; iv) El injusto radicó en obligar la entrega de bienes mediante la intimidación de la psiquis, existiendo la prohibición de obtener un provecho injusto en perjuicio ajeno mediante amenazas o coacciones; por tanto, el comportamiento del imputado es contrario al ordenamiento jurídico en general y al tipo penal en particular, pues el imputado obtuvo para sí, mediante amenazas, provecho patrimonial en
perjuicio de la víctima, lesionando el bien jurídico protegido; y, vii) Al no tener el imputado incapacidad psíquica o física por el que sea inimputable, se establece que tiene capacidad de culpabilidad, pues conocía la norma prohibitiva
- Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2014, que cursa de fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación (fs
- El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, por cuanto no
- Agrega finalmente que, la omisión de un aspecto reclamado en apelación constituye defecto absoluto que
- El recurrente solicitó la remisión de obrados para que el Auto de Vista impugnado “sea
- Mediante Auto Supremo 594/2014-RA de 21 de octubre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- perjuicio de la víctima, lesionando el bien jurídico protegido; y, vii) Al no tener el
- II.2.De la apelación restringida
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
- Con esos argumentos, declaró sin lugar el recurso de apelación restringida y confirmó la Sentencia
- Antes de ingresar al análisis de caso en particular, es pertinente reiterar que el vicio
- omisiva o fallo corto (citra petita o ex silentio); sin embargo, debe exigirse el cumplimiento
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- …Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- Dicho lo anterior, en lo que respecta a la resolución de la denuncia concreta, en
- En tal sentido no se puede poner en duda la fecha en que se pronunció
- Respecto a la aplicación de la inhabilitación como pena accesoria; el Tribunal Supremo de Justicia
- En mérito a la jurisprudencia citada queda claramente establecido que no obstante el Ministerio Público
- de ser demostrados con multiplicidad de testigos, dado que la misma conducta ilícita pretende ser
- En la sentencia impugnada el ad quo fundamenta la decisión de otorgar valor positivo a
- Por lo expuesto, se concluye que la denuncia formulada por el imputado no es evidente,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
