Auto Supremo AS/0276/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2015-L

Fecha: 29-Oct-2015

Adicionalmente a lo expuesto precedentemente, se tiene que la falta de pago de los salarios

Adicionalmente a lo expuesto precedentemente, se tiene que la falta de pago de los salarios constituye incumplimiento del contrato, traducida en despido indirecto, pues aquella falta oportuna de pago de sueldos conforme instituye la doctrina laboral y la jurisprudencia en materia social de este Tribunal Supremo de Justicia, sí se constituye en despido indirecto