Auto Supremo AS/0716/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0716/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

El Juez Cuarto de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, fundamentó


El Juez Cuarto de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, fundamentó la Sentencia argumentando que, conforme a los medios probatorios, se comprobó que el imputado recibió la suma de $us. 11.000.- (once mil dólares estadounidenses), dinero recogido de la Cooperativa Hospicio, invalidando de esta manera su defensa material respecto a que no conocía a la querellante y que tampoco era su pariente; también se probó que el imputado recibió la suma de $us. 6.000.- (seis mil dólares estadounidenses), que el sindicado realizó promesas engañosas, utilizó artificios para provocar e inducir en error a su víctima en actos de disposición del patrimonio de la querellante con el fin de obtener un beneficio económico a su favor, en total desmedro de su víctima. También se llegó a probar que entre la querellante y el sindicado existían fuertes lazos de amistad y familiaridad, por lo que entablaron relaciones jurídicas; empero, éste no cumplió los acuerdos a los que arribaron ambos, conducta que provocó daños y perjuicios en los bienes y patrimonio de la víctima, adecuando su conducta a los delitos de Estafa y Abuso de confianza, previstos y sancionado por los arts. 335 y 346 del CP, por lo se emite una Sentencia condenatoria en su contra, imponiéndole la pena de cuatro años de reclusión a cumplir en la cárcel pública de San Antonio Varones de Cochabamba, más multa de ciento cincuenta días a razón de Bs. 30.- por día y el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia a favor de la víctima