Auto Supremo AS/0720/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0720/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Tanto el acusador particular Edmundo Vichini Pinto como el representante del Ministerio Público, a su


Tanto el acusador particular Edmundo Vichini Pinto como el representante del Ministerio Público, a su turno, formularon recursos de apelación restringida (fs. 605 a 609 y 613 y vta.) contra la Sentencia 55/2009 de 13 de octubre (fs. 586 a 596), el primero de los precitados sujetos procesales, bajo los siguientes argumentos, relativos al motivo que será analizado:

1) La base de la denuncia, querella y posterior acusación particular, es la Escritura Pública 12/2002 de 15 de enero, referente a un anticipo de legítima que hubiera otorgado Pedro Vinichi Mamani a favor de los imputados, Ramón, Moisés y Gilberto, todos Vinichi Lima, siendo que el conferente de dicho anticipo, habría fallecido el año 1973; escritura que se encontraba al principio de la investigación en el cuaderno respectivo, pero que en forma dolosa, los imputados desaforaron y dejaron en su lugar, una fotocopia simple.

2) Se vulneraron las reglas de la libertad probatoria, al no haberse tomado en cuenta y excluido del fallo, prueba fundamental y principal, base del juicio, por tratarse de fotocopias, sin tomarse en cuenta que en ocasión de verificarse la producción de pruebas, la misma fue judicializada e introducida a juicio al haberse demostrado la legalidad de su obtención, tal cual lo disponen los arts. 171 y 216 del CPP, y en ningún momento se solicitó la exclusión probatoria del citado documento, el cual era la base fundamental de la acusación del Ministerio Público y de la particular, en torno a la cual, se verificó el juicio oral y contradictorio; empero, la Sentencia no aplicó lo dispuesto por el art. 172 del CPP, al no considerar dicha prueba, pese a su introducción legal y base del juicio.

II.3.Del Auto de Vista impugnado