Auto Supremo AS/0720/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0720/2015

Fecha: 05-Oct-2015

En el presente caso, el recurrente se limita a acusar error de hecho y de

En el presente caso, el recurrente se limita a acusar error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas, sin citar, menos acusar infracción de norma alguna en que hubiese incurrido el Tribunal de apelación, mucho menos expuso el vínculo lógico del vicio con la norma vulnerada, esto es, especificar en qué consiste la violación, falsedad o error. Y si bien se acusa de errónea interpretación del art. 169 del CPT, empero dicha norma es de carácter procesal o instrumental y no así sustantiva, por lo que no pueden entenderse como vulnerada por el fallo recurrido al haber decidido la cuestión de fondo