Interpuesto el recurso de apelación por Mario Gustavo Rocha Castro en presentación del Gobierno Autónomo
I.1.2. Auto de Vista
Interpuesto el recurso de apelación por Mario Gustavo Rocha Castro en presentación del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro de fs. 121 a 122, mediante Auto de Vista Nº 103/2011 de 29 de agosto de fs. 143 a 148, la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, confirmó la Sentencia Nº 59/2010 de 6 de diciembre de fs. 105 a 109 vta
Interpuesto el recurso de apelación por Mario Gustavo Rocha Castro en presentación del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro de fs. 121 a 122, mediante Auto de Vista Nº 103/2011 de 29 de agosto de fs. 143 a 148, la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, confirmó la Sentencia Nº 59/2010 de 6 de diciembre de fs. 105 a 109 vta
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Mario Gustavo Rocha Castro en presentación del Gobierno Autónomo
- Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista de 29
- CONSIDERANDO II
- Asimismo, conforme a la naturaleza del instituto de la casación, la disposición legal citada debe
- En ese marco, el Tribunal de casación se encuentra limitado a verificar y corregir en
- Así entonces y para prevenir cualquier arbitrariedad que prohíbe acciones de hecho en vez de
- En el marco de lo anterior y con la finalidad de precisamente permitir al Tribunal
- En la línea de lo expuesto y las normas citadas, no resulta difícil concluir que
- Así entonces y teniendo en cuenta que es el cumplimiento de los requisitos de procedencia
- Consiguientemente, conforme a lo expuesto, cuando se persigue la casación de una resolución de grado
- Para mejor comprender lo anterior expuesto, ha menester recordar que conforme se tiene doctrinalmente admitido,
- Siguiendo el razonamiento anterior y teniendo en cuenta que en línea de principio toda decisión
- En el presente caso, el recurrente se limita a acusar error de hecho y de
- Por los criterios expuestos, el recurso de casación en el fondo de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
