3)Señala que el Tribunal de Alzada no resolvió en forma clara el ítem de devolución
3)Señala que el Tribunal de Alzada no resolvió en forma clara el ítem de devolución de gastos médicos expuestos en apelación, ya que las facturas corrientes de fs. 439 y 453, son facturas emitidas por un médico por concepto de vacunas, sin que se haya tenido presente que las vacunas solo pueden ser dispensadas por un centro de salud, correspondiendo se tomen en cuenta un monto a pagar a favor de la actora de Bs.943,40.-, extremo que sería respaldado por las documentales de fs. 435 a 452
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Gustavo Jorge Octavio Deheza Ugarte, en representación de
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandado de fs
- En conocimiento del anterior Auto de Vista, Gustavo Jorge Octavio Deheza Ugarte, a la sazón
- Asimismo, precisa que no se tomó en cuenta el contenido de fs
- Cuestiona la validez de las conclusiones del Auto de Vista que se habría basado en
- Una posición similar es planteada sobre la conclusión del Tribunal de Alzada en torno a
- 2)En relación al descuento salario de 14 días del mes de marzo de 2005, el
- Con lo anterior solicita se revoque en parte el monto del salario de los días
- 3)Señala que el Tribunal de Alzada no resolvió en forma clara el ítem de devolución
- II
- Sobre el particular la Sala considera que la valoración de la prueba en materia laboral
- Aquello ocurrió también con la literal de fs
- En cuanto a las literales de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
