Auto Supremo AS/0725/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0725/2015

Fecha: 05-Oct-2015

II

I.2.1. Petitorio
El recurrente finaliza su recurso solicitando que ante la interpretación errónea de las leyes denunciadas y la no apreciación de las pruebas al sentir del art. 253.1 y 3 del Código de Procedimiento Civil (CPC), la Corte Suprema de Justicia case el Auto de Vista Nº 107/2011
CONSIDERANDO II:
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
II.1.1 El recurrente refiere que cumplió con las previsiones contenidas en los arts. 66 y 150 del CPT en lo concerniente a la inversión de la prueba, contrario a lo concluido por el Auto de Vista que dispuso que no logró desvirtuar lo concluido en Sentencia