En cuanto a las literales de fs
En cuanto a las literales de fs. 361 a 364, decir que son un inventario, que si bien es entregado a la demandante; sin embargo, no denota obligación alguna; idéntica situación ocurre con las literales de fs. 587, 590 y 595 que constituyen un manual de procedimientos y no un manual de funciones como lo acusa la parte recurrente, cuyos objetivos son: “ Establecer el proceso que el estudiante debe seguir durante su Programación de Internado Rotatorio”, “ Establecer el proceso que al alumno debe seguir para optar al título en Provisión Nacional” y “ La emisión de Documentación legal por parte de la UPAL, a solicitud de los interesados, deberá cumplir con los requisitos establecidos en el procedimiento”, respectivamente, donde se advierte que impone un procedimiento, pero al estudiante de la UPAL, no advirtiéndose en todo caso errada valoración de la prueba
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Gustavo Jorge Octavio Deheza Ugarte, en representación de
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandado de fs
- En conocimiento del anterior Auto de Vista, Gustavo Jorge Octavio Deheza Ugarte, a la sazón
- Asimismo, precisa que no se tomó en cuenta el contenido de fs
- Cuestiona la validez de las conclusiones del Auto de Vista que se habría basado en
- Una posición similar es planteada sobre la conclusión del Tribunal de Alzada en torno a
- 2)En relación al descuento salario de 14 días del mes de marzo de 2005, el
- Con lo anterior solicita se revoque en parte el monto del salario de los días
- 3)Señala que el Tribunal de Alzada no resolvió en forma clara el ítem de devolución
- II
- Sobre el particular la Sala considera que la valoración de la prueba en materia laboral
- Aquello ocurrió también con la literal de fs
- En cuanto a las literales de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
