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    Auto Supremo AS/0726/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0726/2015-RRC-L

    Fecha: 12-Oct-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 13 de octubre de 2010, de fs
    • a) Por Sentencia 02/10 de 11 de junio de 2010 (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 399/2015-RA-L de 4
    • Previa transcripción de parte del contenido del Auto de Vista recurrido, denuncia que la Sala
    • Los recurrentes solicitan se admita y se declare procedente su recurso, una vez se determinen
    • Mediante Auto Supremo 399/2015-RA de 4 de agosto, cursante de fs
    • II.1. De la apelación restringida
    • Emitida la Sentencia condenatoria, los imputados Ascencio Zapata Lipa, Plácida Zapata Lipa, Wilder Jhonny Zegarra
    • Radicada la causa ante la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia
    • En el presente caso, denuncian los recurrentes que el Tribunal de alzada incurrió en falta
    • III.1.Consideraciones doctrinales y normativas sobre la debida fundamentación
    • Este Tribunal en reiteradas oportunidades ha señalado que la Constitución Política del Estado (CPE), reconoce
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
    • Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
    • Los recurrentes centran su denuncia en que el Tribunal de alzada con la emisión del
    • La resolución judicial invocada como precedente contradictorio en lo esencial estableció la obligación del Tribunal
    • Conocido el contenido de la denuncia del recurso de casación y el alcance del Auto
    • Así, de la lectura de la apelación restringida se puede constatar que los imputados denunciaron
    • Ante esta apelación restringida, el Tribunal de alzada emitió el Auto de Vista 66/2010 de
    • De lo anterior se infiere que evidentemente resulta correcta la denuncia formulada en el presente
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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