Auto Supremo AS/0746/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0746/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

a) Por Sentencia 001/2010 de 8 de enero (fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 746/2015-RRC-L
Sucre, 12 de octubre de 2015

Expediente : La Paz 48/2011
Parte Acusadora : Marcelo Cárdenas Rodríguez
Parte Imputada : Ricardo Crispín Montero Pedraza
Delitos : Difamación y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán

RESULTANDO

Por memorial presentado el 09 de febrero de 2011, cursante de fs. 337 a 339 vta., Ricardo Crispín Montero Pedraza, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 736/10 de 7 de diciembre de 2010, de fs. 327 a 330, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Marcelo Cárdenas Rodríguez contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados, por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente.

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1 Antecedentes

a) Por Sentencia 001/2010 de 8 de enero (fs. 237 a 243), el Juez Quinto de Sentencia en lo Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Ricardo Crispín Montero, autor de la comisión del delito de Calumnia previsto y sancionado por el art. 283 del CP, condenándole a la pena de un año y cinco meses de reclusión, a cumplir en la cárcel pública de San Pedro de la ciudad de La Paz, más multa de cien días a razón de Bs. 3.- (tres bolivianos) por día a favor del tesoro judicial; por otro lado declaró al imputado, absuelto de la presunta comisión de los delitos de Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del CP, sin la reparación de daños, perjuicios ni costas en vista de no haber advertido temeridad ni malicia en el acusado; habiéndole concedido al condenado el derecho al perdón judicial, por Auto de 6 de febrero de 2010 (fs. 267)