La reseña de normas que precede, expresa la plataforma y mecánica procedimental en los juicios
La reseña de normas que precede, expresa la plataforma y mecánica procedimental en los juicios laborales, que a partir de la determinación del auto de relación procesal que destina el trámite a corroborar o desestimar los puntos de hecho a probar, mismos que se circunscriben a las alegaciones de las partes en la demanda y su contestación. En la especie el Juez de grado, cumplido lo expresado en el anterior párrafo, proveyendo impulso procesal apoyado en el art. 56 del CPT, pronunció el Auto de 18 de agosto de 2009, por el que otorgando diez días comunes y perentorios a las partes, dispuso como hechos a probar o ser desvirtuados: la relación de trabajo, sueldo promedio indemnizable, tiempo de servicios; la causal de retiro, y, otros hechos inherentes. Decisión que fue notificada a las partes como se observa de la diligencia de fs. 35
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- Contra aquel Fallo, Ángel Vásquez, opone recurso de casación en el fondo y en la
- Sobre lo anterior señala que a más que la actora no produjo prueba, el juez
- c) Bajo el rótulo de “VIOLACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 12 Y 13 DE LA LEY
- Agrega que ilegalmente el Auto de Vista ratificó la causal de retiro de despido indirecto
- d) Finalmente reclama en torno a los derechos colaterales, que no se consideraron los pagos
- El recurrente, pide que previa concesión de su recurso este Tribunal anule obrados hasta el
- El recurrente denuncia la violación de los arts
- Ahora bien, la secuencia de actos contenidos en la Ley adjetiva laboral, a fin de
- La reseña de normas que precede, expresa la plataforma y mecánica procedimental en los juicios
- Lo expresado por el recurrente, no condice a un coherente entendimiento sobre la secuencia procesal
- Dice el recurrente que por una incorrecta valoración de las pruebas, poniendo énfasis en la
- Adicionalmente a lo señalado, se debe precisar
- En torno a lo condensado en el acápite d) del apartado I
- Por lo expuesto, en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no haber incurrido
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario del abogado de la parte demandante en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
