Sin responsabilidad por ser excusable
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 274 y 271 num. 4) del Código de Procedimiento Civil, CASA el Auto de Vista Nº 072, de fs. 215 a 219, de 28 de abril de 2011, pronunciado por la Sala Civil, Familiar y Comercial Primera de la H. Corte Superior de Justicia de Oruro y deliberando en el fondo declara IMPROBADA la demanda de desconocimiento de paternidad presentado por Boris Félix Montaño López. Y PROBADA la excepción de prescripción planteada por la demandada Rosario Siñani Choque.
Sin responsabilidad por ser excusable
Sin responsabilidad por ser excusable
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QU E MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Señala que, la frase “…o desde que se descubrió el fraude”, este se complementa con
- Por dichos motivos acusa la errónea interpretación del art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto, la parte actora, dentro de los argumentos de la demanda principal, indica que:
- La parte demandada ahora recurrente, interpuso excepción de prescripción, bajo el argumento de que la
- Excepción que fue resuelta por el Juez A quo mediante Auto de fecha 3 de
- Resolución que fue apelada por la parte interesada, y fue resuelta por el Tribunal de
- De la revisión de obrados, y del argumento traído en casación (art
- Como se tiene expuesto en la litis, existe tres supuestos legales que se pueden considerar;
- Por otro lado, de la lectura integra del Auto de Vista, se entiende que el
- En el caso de Autos, el Tribunal de alzada pretende aplicar la presunción legal por
- Por dicho motivo, en aplicación del principio del interés superior del niño, los argumentos del
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
