Auto Supremo AS/0926/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0926/2015-L

Fecha: 14-Oct-2015

El Tribunal de Apelación justifica la ausencia de motivación en el fallo de primera instancia


En nuestro ordenamiento jurídico, el art. 190 del Procedimiento Civil señala: “La sentencia pondrá fin al litigio en primera instancia; contendrá decisiones expresas, positivas y precisas; recaerá sobre las cosas litigadas, en la manera en que hubieren sido demandadas sabida que fuere la verdad de las pruebas del proceso; en ella se absolverá o condenará al demandado”; el tercer enunciado de esta disposición señala claramente el principio de congruencia, es decir, el pronunciamiento que debe estar limitado a los términos en que fueron demandados, es esa correspondencia que debe existir entre la pretensión y la Sentencia, en esa orientación se encuentra redactado el art. 192 de la norma precitada, que señala que la Sentencia se compone de una parte considerativa y de una parte resolutiva, declarando el derecho de los litigantes y condenando o absolviendo total o parcialmente.
El Tribunal de Apelación justifica la ausencia de motivación en el fallo de primera instancia señalando que se tiene por satisfecho este requisito aun cuando de manera breve pero concisa y razonable, permita conocer de forma indubitable las razones que llevaron al Juez a tomar la decisión de tal modo que las partes sepan las razones en que se fundamentó la resolución. En el caso de autos, se tiene que el Juez de primera instancia, a través de su Sentencia de 28 de julio de 2009, si bien efectúa una relación de antecedentes, su argumentación en tres considerandos respecto de la prueba, los hechos, sus conclusiones, etc., empero de ellos no es posible extractar concretamente las razones o motivaciones que le llevaron a considerar la acción negatoria, el mejor derecho y consiguiente reivindicación, más aun cuando éstas no han merecido un análisis ni adecuado ni suficiente que permitan conocer sobre qué razones o en qué fundamentos ha sustentado el Juez su resolución