Recurso de casación en el fondo de José Ramiro Tapia Morales
CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Recurso de casación en el fondo de José Ramiro Tapia Morales:
Refiere que el Auto de Vista ha violado, dado interpretación errónea y aplicó indebidamente la ley, especialmente los arts. 3 num. 1), 236 y 251 num. 1) del Código de Procedimiento Civil, ya que conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia el Auto de Vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de apelación, esta disposición ha sido violada por el Ad quem ya que éste lejos de circunscribirse a los puntos apelados que cuentan con la prueba necesaria así como con la fundamentación exigida, trata de dirigir en desmedro de la defensa una manifiesta parcialidad con la parte actora disponiendo que el A quo dicte nuevo fallo enmarcado en los lineamientos que se le exponen, de ahí que el Auto de Vista es violatorio
- Blanco de Tapia
- y
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y
- En grado de apelación, la Corte Superior del Distrito de La Paz (hoy Tribunal Departamental
- Recurso de casación en el fondo de José Ramiro Tapia Morales
- Señala que si el Auto de Vista hubiere procedido a revisar minuciosamente el proceso para
- En base a sus antecedentes, pide se anule obrados a fin de que el Ad
- Recurso de nulidad y de casación en la forma de Manuel Choque Zegarra
- Indica que de acuerdo al art
- Con base en dichos antecedentes, pide se case su recurso y se mantenga firme y
- CONSIDERANDO III:
- III
- El Tribunal de Apelación justifica la ausencia de motivación en el fallo de primera instancia
- Incluso se extraña la fundamentación de la Sentencia de 28 de julio de 2009, pues
- En consecuencia, el Tribunal de Alzada al disponer la anulación del fallo del inferior,
- Por los motivos expuestos, corresponde a este Tribunal de Casación emitir resolución en aplicación del
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
