En grado de apelación, la Corte Superior del Distrito de La Paz (hoy Tribunal Departamental
En grado de apelación, la Corte Superior del Distrito de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº S-97 de 4 de marzo de 2011, de fs. 463 a 463 vta., anuló obrados hasta el decreto de 30 de mayo de 2009 de fs. 430 vta., de obrados inclusive, debiendo el A quo sin espera de turno pronunciar nuevo fallo en función a lo expresado en el presente Auto de Vista, imponiéndosele multa; resolución contra la cual la parte demandante y demandada recurren de casación
- Blanco de Tapia
- y
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y
- En grado de apelación, la Corte Superior del Distrito de La Paz (hoy Tribunal Departamental
- Recurso de casación en el fondo de José Ramiro Tapia Morales
- Señala que si el Auto de Vista hubiere procedido a revisar minuciosamente el proceso para
- En base a sus antecedentes, pide se anule obrados a fin de que el Ad
- Recurso de nulidad y de casación en la forma de Manuel Choque Zegarra
- Indica que de acuerdo al art
- Con base en dichos antecedentes, pide se case su recurso y se mantenga firme y
- CONSIDERANDO III:
- III
- El Tribunal de Apelación justifica la ausencia de motivación en el fallo de primera instancia
- Incluso se extraña la fundamentación de la Sentencia de 28 de julio de 2009, pues
- En consecuencia, el Tribunal de Alzada al disponer la anulación del fallo del inferior,
- Por los motivos expuestos, corresponde a este Tribunal de Casación emitir resolución en aplicación del
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
