Auto Supremo AS/0658/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0658/2015-RA

Fecha: 27-Nov-2015

8º En el octavo motivo del recurso de apelación restringida, denunciaron que la Sentencia quebranta


6º En el sexto motivo del recurso de apelación, se denunció la inobservancia de los arts. 360 inc. 3), 124 y 370 inc. 5) del CPP por insuficiente fundamentación jurídica, al no justificar los niveles de antijuricidad y culpabilidad, tampoco el grado de participación e individualización en función de los arts. 20, 22 y 23 del CP; menos se refiere de manera desglosada e individualizada la acción realizada por cada imputado, sobre los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal, los razonamientos jurídicos que determinen la subsunción de sus conductas al tipo penal juzgado, la aplicación de eximentes de responsabilidad, legítima defensa; el quantum de la pena; la aplicación de atenuantes o agravantes. Al respecto el Tribunal de alzada en ninguna de sus siete conclusiones establecidas en el Considerando II del Auto de Vista impugnado, se pronunció sobre el particular y por tanto guarda silencio absoluto.

7º Los recurrentes denuncian que la Sentencia contiene contradicción de la parte dispositiva y la considerativa, incurriendo en el art. 370 inc. 8) del CPP; el que lesiona el debido proceso en su vertiente de la debida fundamentación de las resoluciones; Sentencia que contendría conclusiones genéricas y confusas sobre los delitos de Despojo y Daño Simple, para absolverlos por el delito de Abuso de Confianza, por el que no fueron juzgados; sin embargo, el Auto de Vista en el inc. e) punto 1 Considerando II no explica porque no existe contradicción entre la parte considerativa y dispositiva de la Sentencia, omitiendo pronunciarse sobre el fondo del cuestionamiento.

8º En el octavo motivo del recurso de apelación restringida, denunciaron que la Sentencia quebranta el principio de congruencia incurriendo en el defecto del art. 370 inc. 11) del CPP, al referir que no fueron juzgados por el delito de Abuso de Confianza, sin embargo se los absuelve por este delito; el Auto de Vista impugnado en el inc. f) del punto 1 del Considerando II, a través de argumentos confusos y contradictorios, elude resolver el petitorio del recurso de apelación en el fondo