Auto Supremo AS/0658/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0658/2015-RA

Fecha: 27-Nov-2015

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Respecto a la Sentencia Constitucional 0207/2004-R., cabe hacer notar que esta resolución no tiene calidad de precedente contradictorio que permita la tarea de contraste, en cumplimiento al art. 416 del CPP, estableciéndose que

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación formulado por Erlan Reynaldo Franco Maldonado y Rosa Isabel Franco Maldonado, de fs. 590 a 605 vta., únicamente para el análisis de fondo del primer y tercero (menos los puntos segundo y onceavo), motivos identificados en el acápite II del presente fallo. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaria de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase