Auto Supremo AS/0679/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0679/2015-RA

Fecha: 27-Nov-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular presentada por Braulio Colque Choque y Tomasina Choqueticlla de Colque por sí y en representación de Cristóbal Colque Choque, Juan Juchazara Choque y Rubén Elías Juchazara Achá (fs. 2 a 4 vta.), una vez desarrollada y concluida la audiencia de juicio oral, el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia de Uyuni del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, pronunció la Sentencia 003/2014 de 25 de abril (fs. 301 a 309 vta.), por la que declaró a los imputados Alicia Aiza Chambi, Luis Cayo Aroni, absueltos de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, ordenado la cesación de todas las medidas cautelares impuestas a favor de los imputados