a) Por Sentencia 097/2004 de 14 de septiembre, que cursa de fs
I. DEL RECURSO DE NULIDAD O CASACIÓN
I.1. Antecedentes
a) Por Sentencia 097/2004 de 14 de septiembre, que cursa de fs. 1417 a 1420 vta., el Juzgado Noveno de Partido en lo Penal de la ciudad de La Paz, declaró a Ramiro Constantino Colque y Plácido Laime Pocoaca autores del delito previsto en el art. 166 inc. b) de la Ley General de Aduanas, condenándole con la pena de cuatro años de privación de libertad; a Esteban Jesús Molina y David Marañón Melendres, autores de la previsión contenida en el art. 175 en relación al art. 180 de la Ley General de Aduanas, condenándoles con la pena de dos años de reclusión; a Sergio Vera España Quisberth –hoy recurrente- fue declarado autor del delito previsto en el art. 173 y 178 de la Ley General de Aduanas, condenándole con la pena de tres años de reclusión; finalmente los acusados Agueda Avendaño Apaza, Tomas Calle Gómez y Luis Majin Luna Camacho se lo absolvió de los delitos acusados
- Por memorial cursante de fs
- a) Por Sentencia 097/2004 de 14 de septiembre, que cursa de fs
- Conforme consta de la diligencia de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Con el referido Auto de Vista, el 9 de noviembre de 2010, se notificó a
- En previsión de lo dispuesto por el art
- que fue notificado con la resolución recurrida el 9 de noviembre de 2010 (fs
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
